#97 Sigues llamándome tonto mientras enlazas mierdas como un blog de un fulano que dice que es policía y en mi casa puedo tener drogas y ahora la Wikipedia que supongo que para ti es mucho mejor fuente que el BOE y el propio Código Penal Español que te he enlazado (y explicado) antes.
De la Wiki:
"El consumo y el cultivo para uso propio no está penalizado."
Lo cual es directamente mentira. Y más aún todavía con la nueva ley al respecto que han aprobado los PePeros este mismo año y que multa hasta con 30.000 euros la tenencia de plantas de cannabis en tu domicilio, sea una, dos o tres.
Sigue pegando enlaces a blogs, articulitos, Wikipedia y demás. Igual cuando lleves 1.000 chorradas enlazadas ya ha ganado Podemos y entonces ha cambiado el Código Penal y ya sí, entonces tendrás razón.
#90 Te pongo directamente los textos del Código Penal y tú me enlazas a un blog donde un fulano que dice que es policía me cuenta que en mi casa puedo hacer lo que quiera.
Y luego el cuñao soy yo. Claro tío, claro.
Pues nada, tú mismo. En el caso de que alguna vez tu domicilio sea objeto de un registro policial y te encuentren droga, les enseñas el blog ese también.
#82 El único que tiene que mejorar su comprensión lectora parece que eres tú, amigo. Porque la explicación, más clara no te la he podido poner.
Lo intentaré de nuevo: la frase está lo suficientemente bien escrita para prohibir el consumo de drogas en lugares públicos Y también la tenencia sin especificar lugar, a diferencia de la especificación que sí hacen para el consumo.
Aclaración: la tenencia incluye lugares públicos como la calle o un bar y también lugares privados como tu garaje, tu granja, tu cobertizo o tu casa.
¿Lo has pillado? Lo que sí puedes hacer para salir de dudas, en vez de pegarme caritas y emoticonos, es pegarme el artículo del CP donde dice explícitamente que tú en tu casa puedes tener drogas ilegales. Debe estar al lado del que dice que no puedes llevar una pistola sin licencia por la calle pero en tu granja puedes tener todas las armas que quieras sin registrar. Busca por ahí...
#70 Ley Orgánica 1/92 (derogada por los PePeros para endurecerla) Artículo 25.
1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo.
¿Ves las negritas? Separan perfectamente la parte de "lugares, vías, establecimientos o transportes públicos". Es decir: además de estar prohibido consumir en lugares públicos, también se prohíbe la tenencia aunque no estuviera destinada al tráfico.
Y la tenencia no tiene por qué reducirse a "lugares públicos". Si yo me compro 200 gramos de cocaína para atizármelos en mi casa, eso que estoy haciendo está prohibido por la ley (por la 1/92 derogada, paso de buscar el texto de la de 2015 que puedes jugarte lo que quieras a que ESO no lo va a cambiar) y, como te he dicho antes, lo único que me libra de recibir una multa por tenencia de drogas es que mi casa no sea objeto de un registro policial.
Porque si entran los policías en mi casa, privada, con una orden judicial para hacer un registro y descubren encima de la mesa una bolsa con 10 gramos de cocaína, un bote con cogollos de marihuana o lo que sea, la ley dice textualmente que eso es tenencia de sustancias prohibidas y voy derecho al juzgado o me ponen una multa, según sea la cantidad.
Pues hale, ya está, en negritas para que lo veas bien. Y ey, que no me vaciles con "lo que tú digas", que yo no digo nada. Lo dice el código penal. Drogas, no puedes tener. FIN.
#63 Los negativos no van a hacer que tengáis más razón. Y las mentiras de "yo en mi casa puedo hacer lo que me salga de los cojones", tampoco.
Las drogas en España están prohibidas. Todas. Y no, no puedes tener drogas en tu casa, igual que como ya he dicho antes tampoco puedes tener armas sin registrar o explosivos. Por muy casa tuya que sea, son cosas ilegales que no
puedes
tener.
Y lo único que te evita el ser multado es que no haya un registro policial en tu casa y te pillen el bote de conservas lleno de hierba "para consumo propio" o el tarugo de costo encima de la mesa. Porque si hay un registro policial, esas cosas que están en "tu casa" van a ir directas al departamento de análisis para pesarlas y cascarte un buen multazo por tener en tu casa sustancias prohibidas que como ya te he dicho no puedes tener.
Las actuaciones comenzaron en julio, a raíz de las quejas que varios vecinos habían manifestado por las molestias de ruidos, así como por el fuerte olor que emanaba de la vivienda ubicada en el entorno rural de Rumoroso.
Lo del olor... Vale, me cuesta imaginar cuantísimo puede oler eso pero lo del ruido... ¿Quejas por ruido? ¿Es que también montaba fiestas ahí?
#33 Desconozco al detalle la situación de la escena barcelonesa, aunque conozco muy buenos artistas y clubs. En Madrid pasamos de una muy buena escena en general, a una escena agonizante. Entre la crisis y las trabas legales, han llevado a los promotores y empresarios a no cuidar a los artistas y solo mirar lo que pueda dar dinero. Se intentan abrir nuevas sesiones, hacer nuevas propuestas, pero muy pocas cosas cuajan. Al final en Madrid tenemos sota, caballo y rey, aunque parece que empiezan a crecer cosas pequeñas y hechas con cariño. Espero que con el tiempo esto remonte y Madrid vuelva a ser un referente en la escena de clubs.