Según lo que dices, aún en gananciales si él es millonario pero no trabaja y ella si trabaja, por ejemplo, como doctora, entonces ¿el sueldo de ella va a medias con él, a la sociedad de gananciales pero ella no tiene derecho legal a los bienes de él?
Eso es, el patrimonio del que seas titular antes de establecerse el régimen es privativo, pero las rentas que obtengas durante la vigencia del régimen (sueldo, por ejemplo) entraría en gananciales. Esto incluye también las rentas, beneficios e intereses generados por los bienes privativos. En el ejemplo del millonario que pones, si vende acciones con beneficios, estos serían gananciales. O si alquilas un bien privativo o los intereses de un dinero privativo, la renta sería también gananciales. Es decir, ella no tendría derecho sobre el patrimonio inicial de él, pero sí sobre los beneficios, rentas e intereses generados por ese patrimonio.
En Estados Unidos es diferente y creo que predominan lo que aquí viene siendo la separación de bienes, aunque depende del Estado. Y también son más frecuentes los contratos prenupciales en el que los cónyuges establecen las condiciones económicas, algo que en España también es posible, pero mucho menos frecuente. Para que te hagas una idea, en España el Código Civil establece que el régimen económico será el que establezcan los cónyuges en capitulaciones matrimoniales, es decir, lo que ellos pacten. Y luego establece tres regimenes de referencia: sociedad de gananciales, separación de bienes y régimen de participación, estableciendo a falta de capitulaciones el de gananciales por defecto (salvo las autonomías que establecen otro distinto por defecto). Pero pactar, puedes pactar en principio lo que quieras. Otra cosa es que la gente por costumbre se case "en automático" y no sea un tema que se plantee. Y por cierto, el régimen se puede modificar durante el matrimonio.
#158 Como culturilla general, son privativos (es decir, no gananciales): los bienes heredados (incluso aunque se ingresen en una cuenta conjunta) y los que se adquieran con dichos bienes, las donaciones recibidas y las adquisiciones a título gratuito, los regalos entre los cónyuges incluso si fueron adquiridos con gananciales, las indemnizaciones por daños personales o cualquier concepto patrimonial inherente a la persona (las pensiones por incapacidad por ejemplo no son gananciales), y por supuesto, los bienes adquiridos previo a la sociedad de gananciales (pero ojito con las hipotecas de una vivienda privativa amortizadas con dinero ganancial). Entre otras cosas.
#59 El salario mínimo en Mali no llega a 70 euros al mes. La renta per cápita no sirve para hacerse una idea de lo que tiene la gente en los bolsillos, y menos en países subdesarrollados o en vías de desarrollo.
#49 Sólo dicen que son cristianos para poder sentirse superiores, vestirse muy guapos los domingos y presumir de prole en la primera comunión. Pero tienen tanto de cristianos como un pez de pájaro.
#54 Ah, entonces no es semana, es turno. En principio, si se respetan los descansos semanales mínimos que establece el estatuto de trabajadores (1,5 días cada 7), y en ese turno se superan, es legal. De hecho, con ese turno de 4/6 en cómputo final tienes más días libres anuales que en un 5/7 en el que libras los fines de semana, así que ese extra de días se podrían considerar compensación por trabajar fines de semana.
#7 Los guetos los provoca la pobreza, no el origen. El problema no son los que se ganan la vida, sino el sistema que necesita muertos de hambre para poder sostenerse.
Si ya tachan de dictador a uno de los gobiernos de la democracia que más alianzas necesita para poder gobernar, lo qué dirían si reemplazan al gobierno de una Comunidad Autónoma. Aunque, bueno, los mismos que lo acusan de dictador son los mismos que le reprochan no haber dado un golpe sobre la mesa, así que tampoco se puede predecir la incoherencia de las críticas...
#10 El Barranco de Poyo está considerado como una zona de Alto Riesgo Potencial Significativo de inundación, en 250 años se han registrado 100 inundaciones de mayor o menor impacto, y desde 1321 se han documentado 25 riadas.
«Su profundo y ancho cauce siempre está seco, salvo en las avenidas, cuando recibe tantas aguas y corre tan furiosamente, que destruye cuanto encuentra...» Esta descripción aparece en la obra "Observaciones sobre la historia natural, geografía, agricultura, poblaciones y frutos del Reyno de Valencia (1795)".
Si hay hasta un pueblo en la zona que se llama Torrent...
El agua parece que lleva haciendo diana en la zona mucho tiempo.
#28 Nos dan por culo sólo si queremos y no estamos dispuestos a luchar por lo que queremos. Si en Konecta todos se fuesen a una huelga indefinida, a lo mejor se lo pensaban un poco más. Pero se nos da muy bien agachar la cabeza y resignarnos, mientras esperamos que otros peleen por nosotros.
#2 A las empresas que reinciden de forma tan notoria en vulnerar la legislación habría que empezar a tratarlas como lo que son: organizaciones delictivas.
Código Penal:
Artículo 316
Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Artículo 317
Cuando el delito a que se refiere el artículo anterior se cometa por imprudencia grave, será castigado con la pena inferior en grado.
Artículo 318
Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o algunas de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.
#16 Ya hay coches modernos que tienen sensor en los asientos y te avisan. Pero no todo el mundo tiene un coche de última generación con todos los extras...
#9 A ver si viene una DANA selectiva para que puedan disfrutar de un paseo con paraguas y en libertad. Quiénes somos los demás para impedirles morir haciendo el imbécil.
#1 Nadie lo duda. Pero en el siglo XXI tenemos más conocimientos y experiencia que hace 800 años. El pueblo de mis abuelos tradicionalmente ha sido propenso a las inundaciones. Un año sí y otro también. Durante siglos. Pero claro, también es una zona extraordinariamente fértil y había que comer. Las casas se construían en alto porque a nadie se le ocurría colocar la vivienda en planta baja, que se reservaba para aperos y almacenaje. Se canalizó el cauce del río y problema resuelto. Ni una sola inundación más en medio siglo. Y ha llovido mares desde entonces.