Pues yo soy así de pintoresco: ateo hasta las trancas, pero me encanta la Navidad... en época de Navidad. Escuchar un villancico en junio, efectivamente, me induce al asesinato en masa. Y ver cómo ya están colgadas las iluminaciones me induce a inflar a hostias a alguien. No me extraña que la gente llegue a Navidad hasta los huevos de Navidad
#20 Lo que ocurre es que no es justo. Boicotea, en todo caso, a las empresas que forman parte de patronales que se han abonado al independentismo (CECOT) o de comités de empresa que han hecho lo propio (Nestlé). Si dejas de consumir Freixenet, por ejemplo, estás puteando al único empresario que desde el principio desde 2012 se plantó contra este mal rollo y lo dijo alto, claro, con nombre, apellidos y dando su cara
#118 Pero autos equivocados -y después tumbados por instancia superior- los largan los jueces cada día... me atrevería a decir que por docenas. La aplicación del Derecho es una cuestión subjetiva; si no fuera así, un ordenador podría hacer de juez (siempre que su SO no fuera Windows, claro) y ya sabemos que no (al menos, al presente). A ver, vuelvo a las mismas: un auto es discutible per se, como cualquier otra resolución judicial; y, de hecho, se discute, ahí están los recursos, que unas veces prosperan y otros no. El hecho de que muchos recursos prosperen, indica habituales diferencias de criterio entre magistrados. Todo eso es absolutamente normal. Y yo, personalmente, me inclino -con ciertas reservas, no a su totalidad- por adherirme a la opinión de Jueces para la Democracia. Pero eso no significa que la juez Lamela sea una corrupta, una vendida, una entregada al poder ejecutivo. Insisto en que decir eso es una demasía.
#114 Es que no va exactamente así. Para empezar, en esta fase del procedimiento, el fiscal no pide años, ni muchos ni pocos. Acusa de unos delitos que pueden conllevar muchos años de prisión, aunque en un abanico muy amplio entre el máximo y el mínimo. En mi humilde opinión, la rebelión viene muy pillada por los pelos, pero a nivel indiciario (los indicios racionales de criminalidad, como dice la LeCrim), que son los únicos que puede tener en cuenta el juez instructor, que no puede entrar en el fondo de la cuestión, lo cierto es que la rebelión es perfectamente estimable.
Sin ninguna relación con la rebelión, es decir, tanto con ella como sin ella, entiendo que la juez Lamela ha sido excesivamente rigurosa aplicando prisión incondicional. Pero eso es una cosa. Otra muy distinta -y completamente desmesurada- es andar insinuando que es una juez corrupta y/o manipulada.
La juez Lamela es una magistrada que tiene fama de ser muy severa y dura en materia de medidas cautelares, pero también tiene fama de ser muy recta. Yo he leído los autos (el de enchiqueramiento de los ex y el de libertad bajo fianza de Vila) y, a nivel indiciario (que es el que cuenta en ese momento procesal), pueden discutirse, claro está, como cualquier otra resolución judicial, pero me parecen muy correctos. La prisión incondicional me parece excesiva en este caso, pero entiendo que ello no debe ligarse a la apreciación de un posible delito de rebelión que, repito, indiciariamente, está ahí. Si lo hubo o no, deberá dictarse tras el juicio y quedar establecido en una senencia firme, lo cual va para largo. Pero dudar de la integridad de la juez me parece una pasada que, para decirlo amablemente, viene dada por un ejercicio de reflexión muy pobre.
#18 Acordaos de eso cuando seáis mayores (jubilados, quiero decir): hay entidades sin ánimo de lucro de intercambio de conocimiento, que necesitan gente con experiencia vital en una rama profesional (la que sea, porque hay muchas) para que ponga en solfa a jóvenes graduados, acaso con máster y todo, pero que no han pisado la calle laboralmente en su vida (en su profesión, no cuento trabajos de supervivencia estudiantil)
#21 Sacar al crío del colegio no tiene mucho sentido, puede pasar eso en cualquier parte. Ahora, lo de #9 tampoco es mala solución: empezar a palos con el capullo hasta que baje el Alá y que el resto de los hijos de (Alá) vayan tomando nota
Lo que me sorprende es que alguien pregunte en Santiago por un buen restaurante. Siempre que he estado allí he ido a la que caiga y lo mismo que Reverte: he comido de puta madre. Y no soy fácil de conformar, ojo.
#18 A mi modo de ver, la caga cuando dice que él no se ocupa de estas cosas. Venga ya. O tienes pasta o no la tienes, pero si la tienes, claro que te ocupas de estas cosas, quizá no técnicamente -para esto ya hay profesionales- pero, como es lógico, estás encima de todo lo que se hace con ella, de sus rendimientos, sus movimientos, etc. Cuando un tío con pasta dice que él no se ocupa de esto, malo: miente seguro
#22 Mira las razones del auto: entre otras, riesgo de reincidir en la conducta delictiva, cosa que no han dejado de hacer enlos últimos dos años, por no decir cinco (el auto se constriñe a dos), riesgo de eliminar pruebas y, quizá el menos importante, riesgo de fuga. El auto es indiciariamente impecable y justifica muy bien la incondicional
#9 Eres investigador (deduzco), y, por lo tanto, licenciado o graduado universitario o quizá doctor (sigo deduciendo) y tu salario neto de dos meses no alcanza los 2.500. Este país se merece todo lo que le pasa y más que le debería pasar.
#210 Sí, el nuevo país se hace cargo de las pensiones de sus ciudadanos, pero si yo mantengo mi ciudadanía española y, haciendo uso de mi derecho constitucional, me voy a vivir a otra región, la Seguridad Social española tiene que hacerse cargo de mi pensión sin más historias. Cuando se independizó Guinea (y de ahí el ejemplo que te ponía) se ofreció a quienes quisiesen mantener la ciudadanía española que ya tenían previamente (Guinea Ecuatorial fue provincia, igual que Badajoz o Santander). Y los que optaron por ella -que fueron poquísimos- conservaron, obviamente, sus derechos sociales en España. Incluso los que mantuvieron su ciudadanía española y continuaron residiendo en el nuevo país; otra cosa es que después Macías los peló a casi todos, no sé si llegaría a sobrevivir alguno.
#208 Te equivocas de medio a medio: la caja de la Seguridad Social es única. En Cataluña o en Villanueva del Bierzo, he (hemos) cotizado en España. No existen (así: no existen) criterios de cotización provincial o regional.
Edito: si Cataluña se independizara y yo optase por la ciudadanía española (cosa a la que tengo perfecto derecho constitucional), la Seguridad Social española tendría que pagarme mi pensión sí o sí. Por imperio de la ley, vaya.
Edito más: las independencias no tienen efectos retroactivos. Mira el ejemplo de Guinea Ecuatorial
#131 Estoy convencido de ello. La única pega es el calor, pero, bueno, supongo que, llegado el caso y el día, aún me quedarán mil eurillos en el rinconcito para ponerme un aparato de aire acondicionado.
#147 Pues negativo de vuelta. Para empezar, si según tú España no nace hasta 1812 (que sí, sería su nacimiento jurídico, pero no el histórico) no sé de dónde sacas que Isabel y Fernando fueron españolísimos. Continuemos con que las expulsiones no se producen siempre por fuerza legal y/o policial: mermarle brutalmente a uno su pensión -ganada trabajando toda la puta vida- por un delirio soberanista no es respetar sus derechos humanos más básicos y sí es expulsar de facto a la gente. ¿O te crees que yo sería el único? Ni hablar. Pasaría como con las empresas, que no se iban a ir y mira... Cuando dentro de pocos días lleguen a 1714... ¿gritaréis aquello de in-indá-indapandensiá? Hale, a tomar el fresco...
#114 Ya tenemos al susceptible de guardia. No he pretendido decir nada de eso, pero si vives en Cataluña (y particularmente en Barcelona) o en Madrid, está claro que estás viviendo en las zonas más caras de España (y de largo). El norte de España, excluyendo Euskadi, también es bastante más asequible, pero no tanto como la mitad sur. Y eso no es ni prejuicio ni menosprecio (no me iría a vivir a África, como debería ser evidente) sino, simplemente, estadistica. Aparte de que la calidad de vida, al menos para mi modo de verla y entenderla, es mucho mejor en el medio rural que en el medio urbano (si exceptúas o te importan un rábano algunos servicios) y la mitad sur española está mucho más ruralizada que la mitad norte.
#33 O sea que detrás de las empresas nos iremos los ciudadanos, particularmente los que llevemos más de treinta años cotizando y ya estemos al final de la vida laboral. O sea que me abrazo al pasaporte español, me vendo el piso y, aunque me lo paguen a precio especulativo (como pasó con los judíos cuando los expulsaron de España) aún me dará -y quizá sobrará- para comprarme algo bastante mejor en un pueblín salao de Andalucía. Y la pensión que me queda, a fecha de hoy, no es para tirar cohetes pero, al nivel de vida andaluz, viviré, si no como un príncipe, sí con bastante desahogo. Y aire, que a mí el prusés no me la pega.
Edito: es que estoy por hacerlo aunque no haya independencia
#121 ¡Sí señor, así es exactamente! PLAS, PLAS, PLAS, me faltan manos para aplaudirte. Un muy excelente resumen de lo que viene pasando aquí (yo también soy catalán)
#18 Efectivamente, lo que hace la PAH (en general) podría ser un claro delito de sedición; que el fiscal no se querelle contra ellos ya es algo que debe explicar el fiscal pero,a mi modo de ver, la conducta entra claramente enel 544. Lo de Can Vies es distinto. Esa fue una protesta violenta, lo que también podría ser constitutivo de delito, pero no del de sedición. Lo que soy incapaz de recordar ahora es si impidieron a los funcionarios ejecutar una resolución judicial (lo que sí determinaría entonces delito de sedición)
#16 Artículo 544: Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
1) Alzamiento público y tumultuario
2) Impedir por la fuerza o fuera de las vías legales
3) A cualquier autoridad [...] o funcionario público [...] el cumplimiento [...] de resoluciones [...] judiciales
Yo veo que los requisitos del tipo se cumplen de pe a pa
#116 Lo de Rosa Park no es un ejemplo. Lo que hizo fue LEGAL de acuerdo con la normativa vigente, parte de la cual SÍ ERA ILEGAL. Así lo sentenció el propio Tribunal Supremo
#146 Sí, pero esa deficinición causaría dificultades en la identificación. Por ejemplo, según ella, terroristas lo fueron norteamericanos, británicos y alemanes durante la SGM por sus bombardeos con el explícito propósito de aterrorizar y desmoralizar a la población civil. Y sí, eso es terrorismo. Peo hay una diferencia entre ese tipo de terrorismo y el de ETA, IRA, ISIS o la Baader Meinhoff. Y se trata de diferenciar (a efectos de identificación, no morales) entre ETA y compañía y los bombardeos de Roosevelt, Churchill, Hitler o Franco. Todo es moralmente lo mismo, si quieres, pero morfológicamente no tienen nada que ver.