El máximo juzgado del país reconoció ayer a través de una sentencia que aunque el derecho a la oportuna y adecuada respuesta por parte de los organismos públicos está previsto en la Constitución, el derecho ciudadano a ser informado “tiene condiciones”. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) recalcó que la libertad de expresión no es un derecho absoluto, y, en sentencia publicada este jueves, estableció una serie de limitaciones para poder acceder a la información pública en manos de organismos del Estado
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