La pena que indican por mentir es en caso de causa civil y creo que Gurtel es una causa penal y por ende la pena es otra
Si el testigo falta a la verdad en causa penal (incluido un juicio de faltas) la pena a imponer será de PRISIÓN de 1 a 3 años, y además, MULTA de 6 a 12 meses.
Lo curioso que además de estar como cabras no tienen ni p**a idea que lo último que deberían hacer es beber agua, mejor leche o lácteos pero no agua por Dios
#23 Si es detenida , tienen derecho a ser llevada frente a un juez y una corte de inmigración para que se dé una determinación final si se pueden quedar o tienen que ser deportados del país
Con ese historial sinceramente no cuadra que siguiese trabajando, no se, pero han expulsado de la G.C a gente por mucho menos, ni por asomo por delitos de este tipo
Pues mirando las opiniones tampoco le ponen mal, coinciden bastante en que el trato es bueno, las cantidades pequeñas y que es caro para lo que ofrecen
Y las dos respuestas del dueño que me he leído, parece que no lleva bien la critica y responde como si fuese un ataque personal, el que te traigan el agua y el vino en una copa desde la barra, paseándola por el local..., y decir que hacerlo en tú presencia es una práctica antigua, pues lo que hacen sí que es antiguo, de época de mesones, pero hombre, que hablamos de un restaurante que pagas de media 100-150€ por persona y tiene una estrella Michelin
Y a ver si se enteran que ya sabemos discernir la crítica de los colegas, las absurdas, las súper negativas y las súper maravillosas, al final haces una especie de media ponderada mirando TripAdvisor, Eltenedor, Atrápalo, etc, etc,
#64 Desconozco que ayuntamiento es, pero si hay algo que de verdad les daría terror es una denuncia por prevaricación presentada en un juzgado de instrucción
#43 Espero que su lectura la encuentres interesante
Real Decreto 320/1994, Reglamento de procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
Artículo 7 Requisitos de las denuncias de carácter voluntario por hechos de circulación
a) La denuncia podrá formularse verbalmente ante los agentes de vigilancia del tráfico más próximos al lugar del hecho, o por escrito dirigido a la Jefatura de Tráfico o a la Alcaldía del lugar de la infracción, según ostente una u otra la competencia para instruir el expediente.
b) Se harán constar en la denuncia los datos y circunstancias que se consignan en el artículo 5 del presente Reglamento.
c) Si la denuncia se presentase ante los agentes de vigilancia del tráfico, se formalizará por ellos el reglamentario boletín de denuncia, en el que se hará constar, además de los requisitos consignados en el apartado anterior, si personalmente comprobó o no la infracción denunciada, así como el nombre y domicilio del particular denunciante, remitiendo el boletín a la Jefatura de Tráfico o Alcaldía competente para su tramitación, sin perjuicio de entregar un duplicado al denunciado si fuere posible.
#1 Pobre María Antonieta, siempre le cargan el mochuelo de decir eso, cuando se dijo 100 años antes, y el sentido era otro, que los campesinos comiesen algo diferente al pan por el mismo precio, ella solo vivía para que le hiciesen la pelota y sus fiestecitas
#191 No pretendas que quiera entender la metáfora de "La mano invisible", la capacidad autorreguladora del libre mercado, de Adam Smith
Igualmente tuvo un momento de lucidez, de los pocos, y reconoció que "todo esto es muy difícil, no pensaba que fuese tan complicado", pensaba que estaba en su empresa, en fin
#4 Lo más curioso es que se venden por cuatro cochinas perras, el tema de que Canarias podría ser una potencia en energía solar ni se lo plantean, y eso que hace poco creo que descubrieron el mayor yacimiento mundial de teluro imprescindible y muy buscado para la fabricación de paneles solares
Si el testigo falta a la verdad en causa penal (incluido un juicio de faltas) la pena a imponer será de PRISIÓN de 1 a 3 años, y además, MULTA de 6 a 12 meses.